El Tribunal Administrativo de Casanare profirió fallo declarando la improcedencia de la acción de tutela interpuesta por Mario Llano Palacios en contra de Michael Jonathan Castro Niño, concejal de Yopal, el Partido de la U, el Consejo Nacional Electoral y el Concejo Municipal de Yopal.
La Magistrada Ponente, Aura Patricia Lara Ojeda, fundamentó la decisión en el incumplimiento del requisito de subsidiariedad, dado que existe un proceso de pérdida de investidura en curso contra Castro Niño, radicado ante el mismo Tribunal.
En dicho proceso, el Tribunal decretó en primera instancia la pérdida de investidura del concejal por encontrarse incurso en causal de inhabilidad; sin embargo, esta decisión fue apelada y actualmente se encuentra en trámite ante el Consejo de Estado.
Llano Palacios pretendía, a través de la tutela, la suspensión inmediata de Castro Niño del ejercicio de su cargo como concejal, antes de que la decisión de pérdida de investidura quedara en firme.
No obstante, el Tribunal consideró que la acción de tutela no puede reemplazar los medios de control ordinarios establecidos para controvertir la legalidad de una elección popular, salvo que se acredite un perjuicio irremediable, situación que no se configuró en este caso.
En consecuencia, se declaró la improcedencia de la tutela al no cumplirse el requisito de subsidiariedad y se ordenó remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.