La Gerencia de la Contraloría General de la República de Casanare emitió fallo con responsabilidad fiscal contra la Asociación para el Desarrollo Integral de la Familia “ADIFCOL” y dos exfuncionarios del municipio de Aguazul por $905.448.129,67.
El organismo de control no encontró soportes de ejecución del convenio de cooperación No. 402 de 2014 suscrito entre el municipio de Aguazul y la Asociación para el Desarrollo Integral de la Familia “ADIFCOL”, que tenía por objeto “realizar acciones de prevención y atención de la violencia y maltrato infantil, violencia intrafamiliar y abuso sexual, a través de campañas, talleres y estrategias en el municipio de Aguazul”.
La Gerencia Departamental asumió el conocimiento de este asunto por traslado que le hizo la Contraloría Departamental de Casanare, por motivo de competencia, dado que los recursos afectados con la conducta objeto de reproche fiscal provienen de regalías pertenecientes al Municipio de Aguazul, respecto de los cuales la CGR ejerce control fiscal.
En el marco de la auditoría que dio lugar al hallazgo fiscal, antecedente del proceso de responsabilidad fiscal, se encontraron carpetas que carecían de soportes que acrediten la efectiva contratación de los profesionales requeridos para desarrollar el objeto de convenio, así como tampoco se encontró evidencia de que las actividades se hubieran realizado en las Instituciones Educativas del municipio.
La Gerencia Departamental Colegiada de la CGR en Casanare profirió fallo con responsabilidad fiscal, a título de culpa grave, en forma solidaria, contra la Asociación «ADIFCOL», al igual que Oscar Mauricio Cruz Holguín, para la fecha secretario de Gobierno de Aguazul y ordenador del gasto quien suscribió el convenio y ejerció labores de supervisión.
También contra José Javier González Gil, entonces Jefe de la Oficina Jurídica con funciones de secretario de Gobierno, delegado como supervisor del Convenio No 402 de 2014, quien además suscribió el Acta de liquidación No. 07 con fecha 26 de agosto de 2015, en el que no se descontó el valor del ítem presuntamente no ejecutado, según el Informe Auditoria Departamental.
Igualmente se declaró como tercero civilmente responsable a la Aseguradora Solidaria de Colombia, en su calidad de garante.
Contra la presente decisión proceden los recursos de reposición (ante la Gerencia Departamental de la CGR) y de apelación (de competencia de la Contraloría Delegada para la Responsabilidad fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo/Unidad de Responsabilidad Fiscal).