El Tribunal Administrativo de Casanare, en su reciente fallo absolvió al actual Alcalde de Yopal en el caso de doble militancia, que buscaba declarar nula su elección.
Los demandantes presentaron dos expedientes en los que argumentaron la nulidad de ciertos actos administrativos, alegando irregularidades en la inscripción del candidato.
El primer punto de discusión se centró en la supuesta doble militancia de Ruiz Riaño. Los demandantes afirmaron que el candidato no había renunciado a su curul en la Asamblea Departamental, donde representaba al Grupo Significativo de Ciudadanos «Juntos por Casanare». S
egún la Ley 1475 de 2011, quienes deseen postularse por un partido diferente deben renunciar al menos 12 meses antes de la inscripción. Sin embargo, la Sala del Tribunal determinó que no se había demostrado que la vigencia del grupo significativo se extendiera al periodo electoral en cuestión, lo que eximía a Ruiz Riaño de incurrir en doble militancia.
En cuanto a las pruebas presentadas, se cuestionó la autenticidad de las publicaciones en redes sociales que supuestamente evidenciaban un apoyo del candidato a otro aspirante al Concejo Municipal. Los encargados de llevar el proceso concluyeron que las imágenes no cumplían con los requisitos técnicos necesarios para ser consideradas como evidencia válida, decisión que ha resultado ser polémica entre sus contradictores.
La Sala subrayó que no se había probado un apoyo explícito e inequívoco por parte de Ruiz Riaño hacia el candidato del partido Mais Mauricio Rozo.
El Tribunal concluyó que no existían pruebas suficientes para respaldar las acusaciones de doble militancia y apoyo prohibido, lo que permitió a Marco Tulio Ruiz Riaño continuar su camino como alcalde electo de Yopal.
Este caso ha generado alegrías para unos y preocupación para otros, puesto que la decisión de el tribunal deja muchas preguntas, que los denunciantes buscaran responder el otras instancias judiciales.