
El Consejo de Estado anuló la elección del senador Josué Alirio Barrera Rodríguez como segundo vicepresidente del Senado de la República, tras concluir que su designación incumplió el principio de alternancia de género exigido por la legislación vigente. La decisión fue adoptada el 8 de mayo de 2025 por la Sección Quinta de esa corporación judicial.
En su análisis, el Consejo recordó que durante el cuatrienio legislativo 2022-2026, la segunda vicepresidencia del Senado ha sido ocupada por senadores hombres en tres oportunidades consecutivas.
De acuerdo con el alto tribunal, este hecho constituye una transgresión del principio de alternancia de género, consagrado en la Ley 1909 de 2018, norma que obliga a los partidos declarados en oposición a garantizar una participación equitativa entre hombres y mujeres en las dignidades que les corresponden.

La elección del senador Barrera, perteneciente al partido Centro Democrático, fue avalada por las colectividades de oposición, incluidas Cambio Radical y Verde Oxígeno. Sin embargo, el Consejo de Estado consideró que ese consenso no puede prevalecer sobre una disposición legal expresa. En consecuencia, anuló el acto de elección correspondiente al segundo cargo en la mesa directiva del Senado.
El senador Barrera sostuvo, en su defensa, que su elección fue resultado de un acuerdo mayoritario entre los partidos de oposición y que la alternancia de género es un derecho que no puede imponerse. Añadió que no se presentaron candidaturas femeninas para ocupar la segunda vicepresidencia, lo cual, en su criterio, invalidaría la aplicación obligatoria del principio de alternancia.
No obstante, el Consejo de Estado afirmó que la falta de postulación de mujeres no exonera a las colectividades de su deber legal de garantizar la paridad de género. Reiteró que los acuerdos políticos no pueden desconocer el mandato de la ley, y que corresponde a los partidos estructurar sus decisiones conforme a los principios de inclusión y equidad establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano.
La acción que originó esta decisión fue presentada por los ciudadanos Daniela Lucía Navarro González y Samuel Alejandro Ortiz Mancipe, quienes solicitaron la nulidad del acto legislativo contenido en el acta de elección del 20 de julio de 2024. Con esta determinación, el Consejo de Estado reitera su jurisprudencia sobre la aplicación obligatoria de normas que promueven la participación equilibrada de género en los órganos legislativos.

Por otra parte, El Consejo de Estado, en decisión adoptada el 8 de mayo de 2025, declaró la nulidad de la elección del senador John Jairo Roldán Avendaño como primer vicepresidente del Senado de la República para el periodo legislativo 2024-2025. La corporación judicial determinó que dicha designación vulneró disposiciones constitucionales y legales referentes a la representación de minorías políticas en las mesas directivas del Congreso.