En concordancia con la resolución 20233040048765 expedida por el Ministerio de Transporte, se establecieron tarifas diferenciales para los habitantes de los municipios de Sabanalarga, San Luis de Gaceno y Santa María. El propósito es aliviar los gastos diarios de las comunidades y mejorar las condiciones de conectividad entre los departamentos involucrados.
Una herramienta clave de financiamiento para esta obra es la estación de peaje San Luis de Gaceno, que entrará en funcionamiento a partir del 10 de noviembre de 2023. Esta medida busca contribuir a la sostenibilidad económica del proyecto.
La Concesión Sisga emitió un comunicado para informar sobre el avance en la ejecución del contrato de Concesión bajo el esquema de Asociación Público-Privada (APP) No. 009 del 10 de julio de 2015. Este contrato tiene como objetivo financiar, diseñar, construir, rehabilitar, mejorar, operar y mantener el corredor Transversal del Sisga, conectando los departamentos de Cundinamarca, Boyacá y Casanare.
Las tarifas diferenciales son las siguientes:
– Categoría IE – $2.700 pesos:
Vehículos de la Categoría I de servicio particular, cuyos propietarios o tenedores en virtud de un contrato de leasing sean residentes en los Municipios de Sabanalarga o San Luis Gaceno; y los vehículos de la Categoría I de servicio público que estén autorizados por la autoridad competente para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros en las siguientes rutas:
Tunja – Yopal, o viceversa, Guateque – Yopal, o viceversa, San Luis de Gaceno – Monterrey, o viceversa, San Luis de Gaceno – Villanueva, o viceversa, Bogotá-Yopal, o viceversa, Tunja – Villavicencio, o viceversa, Guateque – Villavicencio, o viceversa Vehículos oficiales de Categoría I que pertenezcan a los Municipios de Sabanalarga y San Luis de Gaceno.
– Categoría IE1 – $2.700 pesos:
Vehículos de la Categoría I de servicio particular, cuyos propietarios o tenedores en virtud de un contrato de leasing sean residentes Santa María; y los vehículos de la Categoría I de servicio público que estén autorizados por la autoridad competente para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros en las siguientes rutas:
Tunja – Yopal, o viceversa, Guateque – Yopal, o viceversa, Bogotá-Yopal, o viceversa, Tunja – Villavicencio, o viceversa, Guateque – Villavicencio, o viceversa Vehículos oficiales de Categoría I que pertenezca al municipio de Santa María
La Concesión destacó que, a pesar de haber dispuesto 27 espacios para socializaciones en los últimos cinco meses, la asistencia ha sido baja. Sin embargo, reiteran su disposición al diálogo y enfatizan que la Estación de Peaje San Luis de Gaceno está en plena conformidad con el Contrato de Concesión APP No. 009 de 2015, asegurando su legalidad.
Además, señalan que entre marzo y mayo de 2017 se llevó a cabo un proceso de socialización sobre la reubicación del peaje San Luis de Gaceno. Posteriormente, el 11 de enero de 2019, se emitió un concepto vinculante previo a la reubicación del peaje bajo la resolución 0057 expedida por el Ministerio de Transporte.