
La Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal (EAAAY) ha emitido un comunicado de prensa para aclarar enfáticamente que no ha presentado ningún recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia del 10 de febrero de 2025, la cual ordenaba suspender el controvertido contrato con la empresa SSYAM DE COLOMBIA S.A.S..
Esta aclaración surge a raíz de una noticia publicada en un medio de comunicación que afirmaba que la EAAAY, actualmente intervenida por la Superintendencia de Servicios Públicos (Superservicios), había apelado el fallo que ordenaba suspender el cuestionado contrato 0147 con SSYAM.
Según el boletín de prensa de la EAAAY, con fecha 8 de abril de 2025, la empresa, a través de su Agente Especial Angela Patricia Rojas Combariza, desmiente categóricamente haber interpuesto tal apelación. La EAAAY se basa en el Auto de fecha 3 de marzo de 2025 del Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal, el cual establece claramente que fue SSYAM de Colombia S.A.S. quien presentó el recurso de apelación, concediéndose este en efecto suspensivo ante el Tribunal Administrativo de Casanare.


Adicionalmente, la EAAAY informa que, ante una equivocación en el auto del 4 de abril de 2025 del Tribunal Administrativo de Casanare (TAC), donde aparentemente se admitían recursos de apelación por parte de ambas empresas, se radicó un recurso de reposición ante dicha institución solicitando la aclaración del caso.
La empresa reitera que, bajo la dirección de la Agencia Especial, se están llevando a cabo todas las acciones necesarias para salvaguardar la legalidad de los procesos en favor de la EAAAY.
Este comunicado de la EAAAY busca corregir la información errónea y reafirmar su posición en el proceso legal en curso contra el contrato con SSYAM, un contrato que ha estado rodeado de polémica y advertencias por parte de las autoridades de control. La empresa, bajo la intervención de Superservicios, insiste en su compromiso con la protección de los recursos públicos y la legalidad
EL 3 de marzo de 2025, El Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal emite un auto concediendo el recurso de apelación interpuesto por SSYAM ante el Tribunal Administrativo de Casanare en efecto suspensivo.