El Consejo de Estado dejó sin efecto varias disposiciones de los Decretos 2089 de 2014 y 1668 de 2016, normas que obligaban a las empresas de los sectores petrolero y minero a priorizar la contratación de mano de obra calificada y profesional residente en las zonas donde se desarrollan los proyectos.
La decisión fue celebrada por la Asociación Colombiana de Ingenieros de Petróleos (Acipet), que había presentado una demanda contra estas medidas.

El alto tribunal concluyó que el Gobierno Nacional amplió mediante decreto una medida que la ley había previsto únicamente para trabajadores no calificados, excediendo así los límites de su potestad reglamentaria. La controversia tiene su origen en la Ley 136 de 1994, modificada por la Ley 1551 de 2012, que estableció que los alcaldes pueden expedir certificados de residencia para favorecer la contratación de mano de obra local no calificada en áreas de influencia de proyectos petroleros y mineros.
Con el paso de los años, el Gobierno incorporó a través de los decretos demandados exigencias relacionadas con la contratación de personal calificado y profesional residente en las zonas de influencia, incluyendo porcentajes mínimos de vinculación de trabajadores locales para cargos especializados.

Acipet argumentó que la ley solo contemplaba mecanismos para mano de obra no calificada y que la ampliación mediante decreto modificaba sustancialmente el alcance de la norma aprobada por el Congreso.
El Consejo de Estado determinó que el Ejecutivo había excedido su capacidad normativa, declarando la nulidad de las disposiciones cuestionadas. Para Acipet, la decisión representa un reconocimiento a la necesidad de que los cargos especializados sean ocupados bajo criterios de formación académica, experiencia y competencias técnicas.
La entidad expresó en un comunicado que “este fallo representa un avance importante en materia de seguridad jurídica, meritocracia y protección de los derechos laborales de los profesionales del sector energético colombiano”.
