El Consejo de Estado de Colombia, en una reciente decisión, declaró improcedente la acción de tutela presentada por la Unión Temporal de Servicios Tecnológicos de Tránsito y Transporte de Yopal, conocida como Setty.
La solicitud de amparo se fundamentó en la supuesta vulneración de derechos fundamentales al debido proceso y a la igualdad, tras una sentencia emitida el 8 de agosto de 2024 por el Tribunal Administrativo de Casanare.
En su fallo, el Consejo de Estado argumentó que la tutela no cumplía con el requisito de subsidiariedad, dado que el contrato de concesión en cuestión había sido objeto de un análisis en primera instancia, el cual no fue apelado. La Sala enfatizó que el sistema jurídico no permite la concurrencia de competencias entre el juez natural del asunto y el juez de tutela, lo que llevó a la conclusión de que el recurso no era procedente.
La Unión Temporal Setty había solicitado que se dejara sin efecto la sentencia del Tribunal, alegando defectos procedimentales y la incorrecta valoración de pruebas. Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Casanare defendió su decisión, afirmando que había actuado conforme a la normativa procesal y los criterios jurisprudenciales aplicables.
Con esta resolución, el Consejo de Estado reafirma su postura sobre la improcedencia de las acciones de tutela contra providencias judiciales, salvo en casos excepcionales donde se evidencie la vulneración de derechos fundamentales.
En resumen, ya es oficial que el negocio que dejó montado el Exalcalde de Yopal Wilman Celemín, tendrá que ser desmontado por su amigo marco Tulio Ruiz.

