
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia emitió en diciembre de 2024 sentencia condenatoria contra los exgobernadores de Casanare Helí Cala López y Whitman Herney Porras Pérez por irregularidades en la ejecución del Convenio Marco de Cooperación 220, firmado en 2005 con la Organización del Convenio Andrés Bello.
Helí Cala López, quien ejercía como gobernador encargado en ese momento, recibió una pena de 187 meses (15 años y 7 meses) de prisión por dos delitos: contrato sin cumplimiento de requisitos legales en modalidad continuada y peculado por apropiación agravado por la cuantía. La Corte determinó que Cala López se apropió ilegalmente de $615.663.378 de recursos públicos, aprovechando su condición de ordenador del gasto departamental.
Por su parte, Whitman Herney Porras Pérez fue condenado inicialmente a 132 meses (11 años) de prisión por su responsabilidad en el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales continuado. La investigación demostró que Porras Pérez, teniendo conocimiento de las irregularidades, suscribió dos cartas de acuerdo que violaban la normativa de contratación estatal.
En abril de 2025, la Sala de Casación Penal revisó el caso y redujo la condena de Porras Pérez a 77 meses (6 años y 5 meses), considerando su allanamiento a los cargos y la ausencia de antecedentes penales.
Sin embargo, mantuvo firme la responsabilidad por haber pactado directamente con la Universidad de Pamplona la asignación de contratos por más de 36.000 millones de pesos para dotación de bibliotecas y aulas, evadiendo los procesos de licitación pública requeridos por ley.