El Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal profirió sentencia denegatoria de la nulidad solicitada contra el Decreto 213 del 7 de julio de 2023, por medio del cual la Alcaldía adoptó el Plan Parcial de Desarrollo «Alameda Martha Mojica» en suelo de expansión urbana.
La demanda fue interpuesta por el Concejal del municipio de Yopal por el partido Alianza Verde Jorge Leonardo Infante Tovar.
En la demanda, Infante Tovar alegó que el decreto acusado violó normas superiores como la Constitución, la Ley 388 de 1997 y el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Yopal, al expedirse sin cumplir requisitos previos como la formulación de un plan zonal/director, un plan maestro de acueducto y alcantarillado, y sin ocupar el 95% de áreas vacantes en el perímetro urbano.
Por su parte, el municipio de Yopal se opuso argumentando haber cumplido los requisitos del Decreto Nacional 1077 de 2015 y contar con recursos del Sistema General de Regalías para financiar las obras de servicios públicos requeridas; adujo que el Plan Parcial obedece a un macroproyecto de vivienda del Plan Nacional de Desarrollo.
Luego de analizar las pruebas aportadas por ambas partes, el juzgado consideró que no se configuraron los vicios de nulidad alegados por el demandante y denegó las pretensiones de la demanda.
En su fallo indicó que el municipio actuó conforme a la normativa aplicable.
La decisión de primera instancia es susceptible de recursos ante el Tribunal Administrativo de Casanare; el caso reviste importancia por los cuestionamientos a un proyecto urbanístico de gran envergadura en Yopal que beneficia a más de 2500 familias y que estaban a la espera de este fallo para continuar el proceso legal que les permita acceder al tan anhelado subsidio de vivienda.
Una vez más el tiempo y la ley le da la razón al ex alcalde Luis Eduardo Castro en la implementación de la política pública de vivienda.