La Unidad de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría General de la República emitió un fallo histórico exonerando a los demandados en un recurso de apelación relacionado con un presunto detrimento patrimonial de más de 900 millones de pesos en un contrato celebrado durante el mandato de Helí Fernando Camacho Caicedo (2012-2015) en el municipio de Aguazul.
El fallo, proveniente de la Gerencia Departamental Colegiada de Casanare, declaró sin responsabilidad fiscal a los presuntos implicados, lo que incluye a la Asociación para el Desarrollo Integral de la Familia «ADIFCOL», la cual suscribió el convenio de cooperación N° 402 y asumió el manejo de los recursos públicos girados por el Municipio de Aguazul a título de anticipo.
Además de ADIFCOL, otros presuntos responsables en el caso incluyeron al exalcalde Helí Fernando Camacho Caicedo, quien fue objeto de imputación debido a la omisión de sus deberes de supervisión y control de la actividad contractual de la entidad pública que representaba; también se incluyó a Oscar Mauricio Cruz Holguín, quien ejerció como Secretario de Gobierno y ordenador del gasto, y a José Javier González Gil, quien desempeñó funciones de secretario de Gobierno y fue designado como supervisor del convenio.
La Asociación para el Desarrollo Integral de la Familia “ADIFCOL”, representada legalmente por la señora Olga Judith Torres Ibarra, también estuvo involucrada en el caso y fue señalada por ejercer la supervisión durante la ejecución del contrato.
Adicionalmente, se identificó a la Aseguradora Solidaria de Colombia como el tercero civilmente responsable en el proceso.
El caso tuvo origen en la denuncia 900.19.3.30.2017 presentada ante la Contraloría Departamental de Casanare, luego de una auditoría realizada para la vigencia 2015-2016, se cuestionó la ejecución del convenio N° 402 de 2014 entre el municipio de Aguazul y ADIFCOL, debido a la falta de soportes que acreditaran el cumplimiento de las actividades realizadas bajo el contrato.
Tras un minucioso análisis de los hechos y pruebas presentadas, la Contraloría General de la República emitió el fallo Mixto No. 012 el 26 de diciembre del 2022. Posteriormente, el Auto No. URF2-869 del 26 de julio del 2023, dictado por la Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo de la Contraloría General de la República, ratificó la decisión de exonerar a los demandados.
Con el fallo emitido, se pone fin a un largo proceso en el que se determinó que no existían pruebas suficientes para demostrar el supuesto detrimento patrimonial por un monto de $905.448.129,67 que se atribuía al contrato en cuestión.
La Contraloría, en su resolución, reconoció que los presuntos responsables no incurrieron en actos que afectaran el patrimonio del Estado y ordenó la notificación correspondiente a todas las partes involucradas conforme a lo establecido en la Ley 1474 de 2011.
Pero persisten algunas preguntas que aún no tienen respuesta. ¿Dónde está el presupuesto que se perdió? Si ellos no son los culpables, ¿entonces quién lo es? ¿La Contraloría seguirá investigando o archivará este proceso?