Haison Omar Carrillo Lemus, reconocido por su trayectoria como exgerente de Capresoca, asumirá finalmente su cargo como profesional especializado en la Secretaría de Salud de Casanare tras una contundente decisión de la justicia administrativa.
El Tribunal Administrativo de Casanare ratificó en segunda instancia que el proceso de selección inicial vulneró el debido proceso al aplicar criterios de evaluación que no figuraban en las reglas originales del concurso.
La controversia legal se originó cuando la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Fundación Área Andina decidieron no validar varios diplomados de educación informal presentados por Carrillo Lemus.


El argumento de las entidades evaluadoras se basó en que los certificados tenían más de diez años de antigüedad al momento del cierre de las inscripciones. No obstante, la investigación judicial demostró que esta exigencia fue impuesta de manera extemporánea a través de un anexo técnico publicado casi dos años después de que se emitiera el acuerdo que regía el concurso.
Para los magistrados, las reglas de una convocatoria actúan como una ley sagrada para las partes y resultan inmodificables una vez iniciado el proceso, ya que su alteración rompe el equilibrio de igualdad entre los aspirantes. Al restarle validez a certificados específicos en áreas de auditoría de calidad y docencia universitaria, el sistema de calificación afectó directamente la posición de Carrillo Lemus, quien inicialmente fue ubicado en el segundo lugar de la lista de elegibles, justo por debajo de Jorge Iván Martínez Roldán.

Con el ajuste ordenado por el juzgado de primera instancia y confirmado posteriormente por el tribunal, el puntaje del demandante ascendió a 72.81 unidades. Esta rectificación numérica le otorgó el primer puesto en el proceso de selección para la Dirección de Seguridad Social y Garantía de la Calidad, lo que conllevó a declarar la nulidad del nombramiento y del acta de posesión de quien ocupaba el cargo anteriormente.
La sentencia definitiva de noviembre de 2025 no solo garantizó el acceso de Carrillo Lemus al empleo público, sino que también ordenó a la Comisión Nacional del Servicio Civil el pago de los salarios y prestaciones sociales que el profesional dejó de percibir desde diciembre de 2021.
Recientemente, la sala negó una solicitud de adición al fallo presentada por la defensa de Martínez Roldán, con lo que se agota el debate jurídico sobre la importancia de respetar las reglas de juego en los concursos de mérito del país.


