El Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Yopal llevó a cabo un proceso judicial en el que se solicitó la nulidad de un acto administrativo emitido por el Municipio de Yopal. El caso involucró a varios actores, incluyendo al Comité Regional de Ganaderos de Yopal y a la empresa Serpet JR y CÍA S.A.S.
Donde se debate es la legalidad del acto administrativo contenido en la Resolución No. 494 de 2022 Por medio de la cual se declara un bien baldío urbano a favor del municipio de Yopal, se transfiere y sanea la propiedad mediante enajenación directa de los ocupantes de los predios fiscales, los cuales serían utilizados para la construcción del nuevo terminal de transportes de Yopal.
Durante las etapas procesales, el juzgado determinó que se cumplían los requisitos para prescindir de la audiencia inicial, lo que permitió avanzar hacia una sentencia anticipada. En este contexto, se realizó un control de legalidad exhaustivo, donde se revisaron las actuaciones previas sin encontrar vicios que pudieran configurar nulidades.
En una de las resoluciones, el juzgado negó la solicitud de pruebas testimoniales presentadas por el municipio y la empresa vinculada, argumentando que los testimonios no eran pertinentes ni útiles para el caso. Se destacó que la prueba documental ya presentada era suficiente para analizar los hechos en cuestión.
El juzgado también precisó que cualquier documento o solicitud debía ser radicado a través de la ventanilla virtual de SAMAI, en cumplimiento de la Ley 2213 de 2022, que promueve el uso de herramientas digitales en los procesos judiciales.
Finalmente, el Juzgado Quinto Administrativo declaró saneado el proceso, permitiendo que se continuara con la etapa de alegaciones, lo que marca un avance significativo en este litigio administrativo.