El Juzgado Primero Administrativo de Yopal negó la solicitud de medida cautelar presentada dentro del proceso de nulidad identificado con el expediente 85001-33-33-001-2025-00264-00, promovido contra el Municipio de Yopal y el Concejo Municipal, relacionada con el endeudamiento autorizado por la administración local.
La petición había sido presentada por el concejal Elmer Dumar Montaña Torres, quien solicitaba el congelamiento, inmovilización y suspensión de los recursos derivados del crédito público aprobado mediante el Acuerdo Municipal No. 028 de 2024, así como la restricción de su ejecución y de los actos contractuales asociados.

El demandante argumentó que los recursos del endeudamiento podrían verse afectados por la situación del impuesto predial y el proceso de actualización catastral, lo que, según su postura, generaría incertidumbre sobre la capacidad de recaudo y posibles riesgos fiscales para el municipio.
Sin embargo, el despacho judicial concluyó que no se acreditaron los requisitos legales para decretar la medida cautelar, al no evidenciarse un perjuicio cierto, actual e inminente que justificara la restricción solicitada, por lo que decidió negarla.
Con esta decisión, el proceso de nulidad continuará su curso ordinario hasta que el juzgado profiera fallo de fondo sobre la legalidad del Acuerdo Municipal No. 028 de 2024.

