El pasado domingo 15 de septiembre, la elección de 29 Jueces de Paz y 16 Jueces de Reconsideración en Yopal, estuvo marcada por una serie de irregularidades que generaron malestar entre los ciudadanos. A pesar de no haberse presentado alteraciones del orden público, la jornada se vio afectada por la implementación de un cuestionado decreto de restricción de movilidad, que limitó el acceso de votantes, y una evidente falta de información por parte de la administración municipal.
La poca socialización de este evento electoral dejó a la mayoría de la ciudadanía en la oscuridad. Los yopaleños no sabían ni dónde votar ni quiénes eran los candidatos.
Tampoco se llevó a cabo una campaña educativa para explicar la importancia de estas elecciones, lo que redujo considerablemente la participación. La restricción de movilidad en motocicletas, además, fue un factor clave que impidió que muchos electores pudieran llegar a los puestos de votación.
A esto se sumó el corte de energía programado por la empresa ENERCA, que afectó a gran parte de la región desde la madrugada hasta la noche, complicando aún más una jornada electoral. La demora en la entrega de resultados fue una consecuencia inevitable de estas fallas organizativas.
El secretario de Gobierno, Jorge Andrés Rodríguez González, agradeció la participación de los 3.457 sufragantes, cifra que, aunque superior a los 1.080 de las elecciones pasadas, sigue siendo baja en comparación con el potencial electoral del municipio. Este aumento de votos se dio a pesar de las múltiples trabas y la falta de claridad en la logística de la jornada.
Estos fueron los resultados de la elección para cada comuna y/o corregimiento:
Comuna I Ciro Reina
Jueces de Paz: Carlos Arturo casas García, Jorge Enrique leal Agudelo y William Hernando Alvarado Holguín.
Jueces de Reconsideración: Luis Alejandro Rincón Albarracín y Jhoani Chaparro Vargas
Comuna II Calixto Zambrano
Jueces de Paz: César Humberto Mosquera Alonso, Luz Marina Jaimes Sandoval y María del Pilar Torres Ochoa
Jueces de Reconsideración: José Armando Ortiz Quimbay y Rafael Darío Puentes Roldán
Comuna III Clelia Riveros de Prieto
Jueces de Paz: Javier Molina Bohórquez, Luz Marina Suárez Alarcón y Johan Fabián Rodríguez Pérez
Jueces de Reconsideración: Nidia Gómez Leal y María Eugenia Avella González
Comuna IV Ciudad Campiña
Jueces de Paz: María Nelda Rivera montaña, Liliana Lucero Pérez López y Wilson Ferney Lemus Jaque.
Jueces de Reconsideración: Alcira Rivera de González y Diego Rolando Alarcón Hernández
Comuna V Javier Manuel Vargas:
Jueces de Paz: Olinto Becerra Serrano, Nuris Alicia Garavito Martínez y Roberto Díaz Estrada
Jueces de Reconsideración: Flor Ángela Gómez Báez y Yamile Pardo Martínez
Comuna VI Ciudadela Llano Lindo
Jueces de Paz: John Naimes Gutiérrez Carvajal, Diana Lisette Guzmán Sanabria y Edna Patricia Chaparro Ávila.
Jueces de Reconsideración: Ovidio León Riaño
Comuna VII Juan Nepomuceno
Jueces de Paz: Rosaura Lucila Cruz Riveros, Jairo Nelson Sánchez Ariza y Liliana Rodríguez Leal
Jueces de Reconsideración: Nancy Estela Cortés Nieves y Nubia Sánchez Vargas
Corregimientos:
El Morro
Juez de Reconsideración: Segundo Andrés Pérez Díaz
El Taladro
Juez de Paz: Leydi Yadira Mancilla García
Juez de Reconsideración: Edith Yajaira Achagua Pulido
Quebradaseca
Jueces de Paz: Orlando Díaz Pérez y Walther Javier Cifuentes Cuesta
Jueces de Reconsideración: Margaret Hellen Vargas Vela
La Chaparrera
Juez de Paz: Yohanni García Mosquera
Mata de limón
Juez de Paz: Olga Parra Acevedo.
Punto nuevo
Juez de Paz: Jorge Eliécer Rodríguez Moreno
El Charte
Jueces de Paz: William Jairo Turizo Condi y Maribel Romero cristiano
Para conocimiento de los ciudadanos, los Jueces de Paz. tienen la responsabilidad de mediar en conflictos menores dentro de la comunidad, evitando así procesos judiciales prolongados y costosos. Su labor está enfocada en promover el diálogo, la conciliación y la solución amistosa de las controversias, priorizando siempre el bienestar de los ciudadanos.
Por su parte, los Jueces de Paz de Reconsideración tienen el objetivo de revisar las decisiones tomadas por los Jueces de Paz en primera instancia, garantizando que las resoluciones sean justas y equitativas. Permitiendo que los ciudadanos encuentren soluciones rápidas y efectivas sin la necesidad de recurrir a instancias judiciales formales.
Cabe recordar que estos jueces no reciben honorarios por su trabajo, pero tampoco tienen permitido cobrar a los ciudadanos por adelantar los procesos.