
El proceso judicial contra el actual alcalde del municipio de Villanueva Casanare, Héctor Fernando Vizcaíno Cagueño, ha estado marcado por una serie de aplazamientos que generan interrogantes sobre el avance de la justicia. El mandatario enfrenta un proceso por los delitos de peculado por apropiación y contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
La reiterada postergación de las audiencias en el proceso contra el alcalde Héctor Vizcaíno genera una justificada preocupación en sus conciudadanos sobre la efectividad y celeridad de la administración de justicia. Si bien cada aplazamiento cuenta con una justificación formal que van desde incapacidades médicas y cruce de agendas, hasta cortes de energía, el efecto acumulativo estos 8 aplazamientos es una dilatación que podría ser percibida como una estrategia para evadir una decisión judicial durante su mandato.

Las presuntas irregularidades que motivaron la denuncia contra Héctor Fernando Vizcaíno Cagueño se relacionan con su presunta participación en irregularidades relacionadas con el contrato 007 y su adición, celebrados por la Empresa de Servicios Públicos de Villanueva (ESPAVI) con el abogado Jairo Castro
El 10 de mayo de 2024, en la audiencia de formulación de imputación, la Fiscalía le atribuyó los siguientes cargos:
- Contrato sin cumplimiento de requisitos legales (Art. 410 del Código Penal): Se le imputa este delito en concurso homogéneo, lo que sugiere que se cometió en más de una ocasión, posiblemente en el contrato inicial y su adición.
- Peculado por apropiación a favor de terceros (Art. 397, Incisos 1 y 3 del Código Penal): Este delito se refiere a la apropiación de bienes del Estado en beneficio de otras personas.
- Calidad de determinador: A Vizcaíno se le acusa de haber actuado como «determinador» a título de dolo, lo que significa que, según la Fiscalía, él instigó o indujo a otros a cometer los delitos mencionados.
En la misma audiencia, el señor Vizcaíno Cagueño manifestó de manera libre y voluntaria que No acepta los cargos.

Relato Cronológico del Proceso
A continuación, se presenta una cronología detallada de los eventos clave en el proceso penal contra Héctor Vizcaíno, desde la solicitud de imputación hasta la última reprogramación de la audiencia de acusación.
Etapa de Formulación de Imputación (Juzgado Promiscuo Municipal de Villanueva)
- 2 de junio de 2023: La Fiscalía Segunda Delegada ante los Tribunales de Tunja y Santa Rosa de Viterbo solicita la audiencia de formulación de imputación contra Héctor Fernando Vizcaíno Cagueño.
- 15 de agosto de 2023: Se aplaza la primera audiencia programada. Las razones fueron una solicitud de la defensora pública por motivos de salud y una solicitud urgente de la Fiscalía para atender otro caso.
- 26 de septiembre de 2023: La audiencia es aplazada nuevamente, esta vez porque el juzgado debía atender audiencias urgentes con personas privadas de la libertad.
- 20 de noviembre de 2023: Se aplaza la audiencia por tercera vez. El abogado defensor de Vizcaíno tenía otra audiencia programada y el propio Vizcaíno solicitó el aplazamiento para asistir a un curso de inducción obligatorio para alcaldes electos.
- 21 de marzo de 2024: La audiencia se aplaza por cuarta vez debido a un corte de energía eléctrica programado en el municipio de Villanueva. El juzgado había negado previamente una solicitud de aplazamiento del abogado defensor para esta misma fecha.
- 10 de mayo de 2024: Finalmente, se lleva a cabo la audiencia. El Juzgado Promiscuo Municipal de Villanueva declara legalmente formulada la imputación contra Héctor Vizcaíno. Como medida cautelar, se ordena la prohibición de enajenar bienes sujetos a registro a su nombre por un período de seis meses.
Etapa de Formulación de Acusación (Juzgados de Circuito de Monterrey)
- 30 de julio de 2024: La Fiscalía presenta el escrito de acusación ante los Juzgados de Circuito de Monterrey. Se informa que, tras la imputación, se realizó una ruptura procesal, asignando un nuevo número de CUI al caso de Vizcaíno: 851626000000202400002.
- 2 de diciembre de 2024: En la fecha programada para la audiencia de formulación de acusación, la Juez del Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Monterrey se declara impedida para conocer el caso. Argumentó que su criterio estaba comprometido al haber decidido previamente la preclusión en un proceso por los mismos hechos a favor de otra implicada, Cielo Yamile Rodríguez Umaña, donde tuvo que estudiar los mismos elementos probatorios. El expediente es remitido al Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito.
- 3 de marzo de 2025: El Juez Segundo Promiscuo del Circuito de Monterrey acepta el impedimento de su homóloga y asume el conocimiento del caso.
- 4 de abril de 2025: La audiencia de acusación es cancelada debido a un permiso concedido al Juez para asistir a una cita odontológica.
- 25 de septiembre de 2025: La audiencia es nuevamente aplazada por una incapacidad médica del abogado defensor, Pedro Nel Escorcia Castillo, quien presentó un proceso inflamatorio orofacial.
- 11 de marzo de 2026: El juzgado fija esta como la nueva fecha para llevar a cabo la audiencia de formulación de acusación.
Esta situación pone de relieve una tensión entre las garantías procesales de los involucrados y el derecho de la ciudadanía a una justicia pronta y transparente, especialmente cuando se investiga a un funcionario público y la presunta desviación de recursos.
La «pasividad» del sistema judicial, como fue señalada en una queja disciplinaria contra el juez inicial del caso (que finalmente fue archivada), refleja una problemática más amplia de congestión y demoras que afectan la confianza en las instituciones.
Es imperativo que el sistema judicial actúe con la diligencia que el caso amerita, para evitar que la justicia se convierta en una promesa incumplida y cómplice de delitos graves.
