La formulación la realiza contra Jorge García Lizarazo y Pedro Julio Martínez (encargado), quienes habrían evadido los procedimientos de selección objetiva del contratista.
Según lo informó la Procuraduría General de la Nación, Jorge García Lizarazo (marzo – diciembre 2015), al parecer, no habría culminado un proceso de contratación y en su lugar habría celebrado, mediante contratación directa, un convenio de cooperación que tenía un objeto similar al proceso inicial, orientado a beneficiar a población de la tercera edad.
Igual situación se habría presentado con el exalcalde Pedro Julio Martínez Cristancho (encargado entre el 16 y el 19 de junio 2015), quien suscribió de forma directa un convenio de cooperación para desarrollar el diagnóstico y formulación del plan integrado de movilidad urbana y rural PIMUR de Yopal, meses después de que se había iniciado un proceso de contratación mediante concurso de méritos para suplir esta necesidad, el cual habría quedado detenido.
Se cuestiona también al exmandatario Martínez Cristancho, como alcalde encargado, por la presunta terminación unilateral de un convenio interadministrativo celebrado con la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía (Corporinoquia) y su posterior liquidación unilateral, sin que se presentaran las causales previstas en la Ley para ello.
Días después, el investigado celebró un nuevo convenio de cooperación, el cual tenía un objeto similar al suscrito con Corporinoquia, fundamentado en normas que permiten a las entidades territoriales celebrar contratos de manera directa con entidades privadas sin ánimo de lucro, con el propósito de impulsar programas y actividades de interés público que estas tengan y que sean acordes con el Plan de Desarrollo de la respectiva entidad territorial.
Por último, el Ministerio Público también formuló cargos contra Leydi Hernández Oviedo, quien en su condición de jefe de la oficina jurídica de Yopal (abril – diciembre 2015), habría aprobado los estudios previos y el texto de los tres convenios de cooperación firmados por los exalcaldes, objetos de cuestionamiento.
El ente de control calificó provisionalmente las presuntas conductas de los tres investigados como falta gravísima cometida a título de culpa gravísima.