
El Consejo de Estado emitió una sentencia en segunda instancia ordenando la implementación de medidas para la protección de la cuenca del río Cravo Sur en Yopal, Casanare. La decisión responde a una acción popular interpuesta por ciudadanos que denunciaron el impacto ambiental, el deterioro del ecosistema y los riesgos de desastres asociados al manejo inadecuado del río.
Órdenes impartidas por el Consejo de Estado
- Recuperación del parque La Iguana: Se deberán adelantar acciones para restablecer este espacio público, afectado por el desbordamiento del río y la ocupación indebida de zonas de protección.
- Restitución de bienes de uso público: Se ordenó la recuperación de la ronda protectora del río, garantizando su adecuado manejo y evitando su ocupación irregular, lo que implica la intervención a los inmuebles construidos en la rivera del rio.
- Monitoreo y prevención de riesgos: Las autoridades deben implementar medidas de vigilancia para prever desbordamientos y afectaciones a la infraestructura urbana.
- Actualización del POMCA: Se ordenó la actualización del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica (POMCA) del río Cravo Sur, con el fin de garantizar una planificación efectiva que mitigue el impacto ambiental y los riesgos para la comunidad.
- Supervisión de actividades mineras: Se dispuso la suspensión inmediata de las licencias y la verificación de la actividad minera en la zona para evitar daños al ecosistema y garantizar que estas operaciones cumplan con la normatividad ambiental vigente.


El fallo modificó parcialmente la sentencia del Tribunal Administrativo de Casanare y estableció directrices para la recuperación y preservación del área afectada. Como parte de estas disposiciones, se ordenó la creación de un Comité de Verificación, conformado por:
- El alcalde de Yopal.
- El gobernador de Casanare.
- El director de Corporinoquía.
- La Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
- El procurador 23 judicial II ambiental y agrario.
- Representantes de la comunidad afectada.
Recuperación del espacio público y control a la minería
Una de las disposiciones más relevantes es la orden a la Alcaldía de Yopal de recuperar el espacio público en la ribera del río Cravo Sur. Esto incluye la restitución de terrenos donde han sido construidos condominios y cabañas de manera irregular en la margen del río.
Asimismo, la sentencia hace especial énfasis en la recuperación del parque La Iguana, considerado en su momento uno de los principales pulmones de la ciudad y un punto de encuentro para las familias. Actualmente, el lugar se encuentra invadido por habitantes de calle y se ha convertido en un foco de inseguridad debido a la presencia de expendedores y consumidores de drogas.
Por otra parte, el fallo ordena la suspensión inmediata de cualquier actividad minera en la zona y la revocatoria de licencias existentes. Esta medida afectaría a empresas que han explotado material del río durante años, aparentemente sin una regulación efectiva por parte de las autoridades. Incluso, permisos otorgados por la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (AMLA) también quedarían sujetos a la revocatoria ordenada por el Consejo de Estado.
El fallo establece plazos estrictos para el cumplimiento de cada orden y faculta al Tribunal Administrativo de Casanare para extender dichos plazos en caso de ser necesario, con el objetivo de garantizar la correcta ejecución de las disposiciones.
Además, las entidades responsables deberán presentar informes periódicos sobre los avances en la implementación de estas medidas, asegurando un seguimiento riguroso para la protección del río Cravo Sur y la mitigación de riesgos en la región.



