
El Tribunal Administrativo de Casanare, bajo la dirección de la magistrada Inés del Pilar Núñez Cruz, resolvió el 14 de agosto de 2025 varias excepciones clave en el litigio entre el Consorcio Nacua y el Instituto de Vivienda, Gestión Urbana y Rural de Yopal (INDEV).
El fallo marcó un giro en este prolongado conflicto contractual que acumula dos procesos judiciales.
INDEV había presentado excepciones de mérito en abril de 2025, argumentando la aceptación expresa de las condiciones financieras del contrato y la improcedencia del restablecimiento del equilibrio económico.
Paralelamente, en el proceso acumulado, el instituto había llamado en garantía a las aseguradoras Compañía Mundial de Seguros S.A. y La Previsora S.A., lo que generó nuevas excepciones sobre caducidad, prescripción e inexistencia de obligación de indemnizar.
El tribunal determinó que, aunque no se cumplió con la notificación formal a las aseguradoras, estas habían demostrado conocimiento del proceso al presentar sus escritos de contestación. Basándose en el artículo 301 del Código General del Proceso, la magistrada aplicó la figura de «notificación por conducta concluyente».
Respecto a la excepción de caducidad, el tribunal siguió jurisprudencia del Consejo de Estado para establecer que el plazo de dos años para demandar no se contaba desde la firma del contrato, sino desde la ocurrencia de los hechos que motivaron la demanda.
Al considerar que el Consorcio Nacua basó su reclamo en un informe de mayo de 2022 y presentó la demanda en diciembre de 2023, declaró improcedente la excepción de caducidad.
El tribunal decidió diferir para la sentencia definitiva el análisis de las demás excepciones, que incluyen aspectos financieros del contrato y condiciones de las pólizas de seguro. Además, reconoció el cambio de representación legal de La Previsora S.A.


