
El Tribunal Administrativo de Casanare inadmitió una demanda presentada a través del abogado Juan Álvaro Álvarez Mariño, que buscaba la pérdida de investidura del cabildante yopaleño.
El auto de inadmisión, emitido el 25 de agosto de 2025 por el magistrado ponente Leonardo Galeano Guevara, se fundamentó en el incumplimiento de requisitos formales establecidos en la Ley 1881 de 2018.
Según el tribunal, la demanda adolecía de la falta de documentación esencial, específicamente las pruebas que sustenten las acciones demandadas, entre las que se encontraba la acreditación de la calidad de concejal de Infante Tovar expedida por la Organización Electoral Nacional.
El fallo otorga un plazo improrrogable de tres días al demandante para subsanar las deficiencias detectadas, particularmente la presentación de los documentos que acrediten la investidura del edil.
El tribunal precisó que, aunque este tipo de procesos pueden ser iniciados por cualquier ciudadano sin necesidad de apoderado judicial, esto no exime del cumplimiento de los requisitos procedimentales establecidos por la ley.


