El Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Yopal admitió una acción de cumplimiento presentada por Enmanuel Estiven Triviño y otro, en contra del Concejo Municipal de Yopal. La demanda se fundamentó en el incumplimiento de varios artículos de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial No. 1454 de 2011 y del Decreto Nacional 3680 de 2011, que regulan la creación y funcionamiento de las Comisiones Municipales de Ordenamiento Territorial.
En su resolución, el juzgado notificó al Concejo Municipal de Yopal sobre la renuencia a cumplir con los artículos 9, 10, 11, 13, 14 y 15 del mencionado decreto. Se ordenó al Concejo que, dentro de un plazo razonable, expidiera el acto administrativo necesario para formalizar la creación de la Comisión Municipal de Ordenamiento Territorial COMOTY, tal como lo estipulan las normativas vigentes.
Además, el juzgado vinculó al Municipio de Yopal como litisconsorte necesario en el proceso, lo que implica que también deberá ser notificado y se le otorgará la oportunidad de responder a la demanda.
Se estableció un término de tres días para que las entidades involucradas presenten sus respuestas y aporten pruebas pertinentes.
La decisión del juzgado se enmarca dentro de un contexto más amplio de cumplimiento normativo y la necesidad de garantizar el adecuado funcionamiento de las instituciones locales en el ámbito del ordenamiento territorial.