Lenin Bustos acusa al aspirante de supuestamente incurrir en constreñimiento al elector, entre otros posibles delitos, al vincular directamente la promesa de 400.000 viviendas a las familias que apoyen su proyecto político.
Este incidente, que fue registrado formalmente mediante denuncia ante la Fiscalía el 29 de octubre de 2025, se originó en el universo de las redes sociales, a través de un video difundido en la plataforma TikTok. Allí, el candidato presentó su ambicioso plan de vivienda social denominado “Mi Casa Ya 2”.
El ofrecimiento, detallado con precisión en el material audiovisual, estaba dirigido a 400.000 familias. El mensaje de Cárdenas era amplio e inclusivo, convocando a todos los colombianos que devenguen un salario mínimo, haciendo un énfasis especial en madres cabeza de familia y jóvenes, sin importar si su empleo era formal o informal.
El atractivo financiero del programa es innegable y ha capturado la atención de miles. Según lo prometido, los beneficiarios no tendrían que pagar cuota inicial, pues el gobierno se encargaría de cubrir los primeros 30 millones de pesos. El saldo restante sería pagado en cuotas mensuales de tan solo $650.000, una cifra incluso inferior al valor que muchos ciudadanos pagan hoy día por concepto de arriendo.
Para acceder a esta oportunidad, el precandidato indicaba que el registro nacional de vivienda se abriría a partir del 31 de octubre en la dirección electrónica www.micasaya2.com; Incluso, para generar mayor confianza entre el electorado, el señor Cárdenas mencionó haber formalizado su compromiso ante un notario público.
El candidato estableció claramente que los primeros 400.000 inscritos que lograran cumplir con todos los requisitos serán considerados prioridad, pero solamente «cuando él sea presidente».
La demanda fue presentada por el abogado Lenin Humberto Bustos, donde sostiene que esta clase de mensajes tienen el potencial de inducir a error a la ciudadanía.
El jurista argumenta que ofrecer beneficios económicos tan sustanciales a cambio de apoyo político o de la recolección de datos, como la posibilidad de un hogar propio, podría configurar un delito electoral, específicamente el artículo 387 del Código Penal.
El documento de la denuncia también plantea la inquietud sobre posibles delitos de fraude informático o estafa (artículos 246 y 269F ibídem), dependiendo del uso que se les dé a los datos personales recolectados a través de la mencionada página web de registro.
La preocupación del denunciante se intensifica al considerar una verdad ineludible reportada por las fuentes: a la fecha de los hechos denunciados, no existe en Colombia ningún programa oficial autorizado ni por el Gobierno Nacional ni por el Ministerio de Vivienda que lleve el nombre de “Mi Casa Ya 2”.
Esta ausencia de soporte institucional agrava la presunción de que la iniciativa podría estar destinada a un engaño masivo sobre la población que sueña con tener una casa propia. La ciudadanía, y ahora las autoridades, aguardan con atención las determinaciones que se tomen frente a esta compleja situación.