En un fallo emitido el 4 de diciembre de 2024, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a los exgobernadores de Casanare Helí Cala López y Whitman Herney Porras Pérez por delitos relacionados con irregularidades en contratos públicos.
Helí Cala López: Sentenciado a 15 años y 7 meses de prisión (187 meses) por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales continuado y peculado por apropiación agravado por la cuantía.
Whitman Herney Porras Pérez: Condenado a 11 años de prisión (132 meses) por contrato sin cumplimiento de requisitos legales en modalidad continuada.
El caso se centró en el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Técnica 220, firmado el 4 de agosto de 2005 entre la Gobernación de Casanare y la Organización del Convenio Andrés Bello. Este convenio, suscrito durante la gobernación de Cala López, tenía como propósito gestionar programas y proyectos del Plan de Desarrollo Departamental. Sin embargo, la Corte determinó que este y 57 cartas de acuerdo derivadas violaron los requisitos esenciales de la contratación pública.
Según la providencia judicial, Cala López fue responsable de la apropiación ilegal de $615.663.378, monto que representó un claro delito de peculado por apropiación agravado. La Corte enfatizó que Cala López, en su rol de gobernador y ordenador del gasto, actuó con pleno conocimiento de sus acciones ilícitas.
Por su parte, Porras Pérez también incurrió en irregularidades al suscribir contratos sin los requisitos legales esenciales, lo que fue determinante para su condena.
El fallo subrayó la gravedad de estos actos, que reflejan una violación sistemática a los principios de transparencia y legalidad en la gestión pública de Casanare.