
El Tribunal Administrativo de Casanare admitió una acción popular interpuesta por Luis Ángel Luna Ortiz contra Corporinoquia, el departamento de Casanare y el municipio de Yopal, por la grave situación que enfrentan las veredas de Punto Nuevo debido al desbordamiento del río Cravo Sur.
Según la demanda, la socavación del cauce del río ha provocado erosión, daños en viviendas, pérdida de cultivos y afectaciones a la salud en veredas como El Amparo, San Pascual y Barbillal. El demandante exige la destinación de recursos para diagnósticos, diseños y obras de protección en puntos críticos como «El Viento» y el puerto de Punto Nuevo.

La decisión, emitida el 16 de julio de 2025, busca proteger derechos colectivos como la moralidad administrativa, la seguridad pública y la prevención de desastres.
Este caso no es aislado. En febrero de 2025 quedó en firme una sentencia de octubre de 2024 del Consejo de Estado, que ya había ordenado medidas para proteger la cuenca del Cravo Sur, incluyendo la recuperación del parque La Iguana y la actualización del POMCA y la suspensión inmediata de la explotación del material de rio en este sector, lo que implicaba el cierre de operación de varias empresas de triturado, orden que ha sido totalmente ignorada por las autoridades locales.
Las autoridades mencionadas en la acción popular ya habrían sido notificadas, no obstante aun no se tiene un comunicado oficial al respecto.


