Con respecto a los hechos ocurridos el día 23 de marzo sobre las 2:30 p.m. en el Parque Comercial La Herradura, el INDEV se permite informar que, una vez revisada la base de datos de radicados en la ventanilla y correo institucional de la entidad, se pudo verificar y establecer que en las últimas semanas no fue radicada ninguna comunicación o solicitud requiriendo la autorización para el uso temporal del espacio público en el parque comercial.
Debemos resaltar, que dicho trámite se encuentra estipulado en el Artículo 7. parágrafo 1 del reglamento interno del parque La Herradura, el cual es de obligatorio cumplimiento por parte de los comerciantes, y en el caso de tratarse de una persona externa quien realice la actividad de un evento, debe radicar dicha solicitud de permiso para dar trámite pertinente de conformidad a lo dispuesto en el Decreto 026 de 2013.
El procedimiento realizado por la Unidad de Espacio Público de INDEV, obedece a un requerimiento por ocupaciones indebidas del espacio público, toda vez que se estaba realizando un evento sin la debida autorización de la entidad competente, en violación al artículo 140 de la ley 1801 del 2016 (…) numeral 4. Ocupar el espacio público en violación de las normas vigentes (…)
Recordamos a la comunidad en general, que los requisitos para llevar a cabo eventos de cualquier índole en espacio público son:
1. Allegar solicitud de ocupación provisional de espacio público, la cual debe obtener ubicación del evento, tiempo de duración, naturaleza del evento, identificación del solicitante y descripción general detallada del evento a desarrollar en forma gráfica y escrita. Esta información debe ser enviada al correo contactenos@indev-yopal.gov.co o de manera física en la calle 20 # 19-22.
2. Programación del evento a realizar.
3. Representación gráfica del espacio a afectar, elementos a instalar y su correspondiente ubicación.
4. Póliza en caso de que haya lugar.
5. Plan de contingencia.