Lo ordenado por el Juzgado involucra a la Gobernación de Casanare, la Alcaldía de Yopal y la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal, para estas obras se han firmado contratos por más de $10.000 millones.
La acción popular fue instaurado el 10 de octubre de 2019 en el Tribunal Administrativo de Casanare por parte de la Defensoría del Pueblo con coadyuvancia del ciudadano Yesid Goyeneche Duran, del Tribunal fue remitida por competencia al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal, donde se emitió fallo este lunes 17 de julio de 2023, solicitando el amparo a los derechos colectivos principales a “La seguridad y salubridad públicas”, “El acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública” y “El acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna”,
De acuerdo con los accionantesque el 6 de noviembre de 2009 el departamento de Casanare suscribió con la EAAAY el convenio interadministrativo 154, que tuvo por objeto “Construcción de tramos de entrega de los canales de aguas lluvias al cauca natural de Caño Seco y de la primera, conformación aérea de estructura de retención de sólidos en el municipio de Yopal» por un valor de $3.533.977.455.
A su vez, el 29 de enero de 2010, la EAAAY ESPD suscribió con la UT ALCARAVÁN, el contrato 037 con el objeto: «Construcción del tramo de entrega de los canales Caño Seco y Alcaraván para el vertimento de aguas lluvias al cauce natural del Caño Seco y de la primera etapa conformación aérea de estructura de retención de sólidos en el municipio de Yopal, por un valor de $3.498’705.251.
El 31 de diciembre de 2010 el departamento de Casanare y el Consorcio OSORIO HURTADO celebraron el contrato 2114, que tuvo por objeto: «Segunda etapa de la construcción de tramos de entrega para la estructura de retención de sólidos de los canales Caño Seco y Alcaraván para el vertimento de aguas lluvias al cauce natural de Caño Seco del municipio de Yopal”, por un valor de $3’236.711.970,33 MCTE.
Aseguran los accionantes que las obras contratadas no fueron terminadas y se encuentran en total abandono sin que se garantice su funcionalidad, las estructuras del colector final han sido hurtadas, o bajo los escombros y basuras que llegan a este punto. Las obras contratadas por la Gobernación no fueron recibidas por la EAAAY, en el contrato firmado por la Empresa de Acueducto, aducen que una fuerte lluvia se llevó parte del concreto instalado y obras complementarias, sin que a la fecha haya sido subsanado.
A pesar de todas estas inconsistencias, los contratos han sido liquidados, llevando a que pese a los cuantiosos recursos destinados por el departamento de Casanare para garantizar el Sistema de Alcantarillado Pluvial de Yopal no preste un servicio eficiente, generando graves afectaciones ambientales y la pérdida de los recursos invertidos.
El coadyuvante Yesid Goyeneche Duran dentro del proceso había solicitado compulsar copias a los órganos de control y FGN para que surtan investigaciones a fin de establecer en quien recae responsabilidades por el detrimento de la inversión realizada, las prácticas irregulares en relación con contratación pública referenciada en la demanda.
El Juzgado Segundo Administrativo declaró no probada las excepciones planteadas por las accionadas en su defensa durante el proceso, relacionadas con la “Falta de Legitimación en la Causa por Pasiva” y amparar los derechos e intereses colectivos solicitado en la acción popular, los cuales, según el fallo, se hallan amenazados y en peligros de vulneración, para lo cual ordenó varias acciones por parte de los accionados, que garanticen el funcionamiento del sistema y de las obras contratadas.
Igualmente, compulsó copias: a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General para que de acuerdo a la órbita de sus competencias y a las funciones constitucionales y legales que se les ha otorgado, establezcan probables responsabilidades penales y disciplinarias a funcionarios públicos y particulares que se hayan visto involucrados en dichos contratos.



